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“La duración
del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo
superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más
veces por un período no superior a un año cada vez.
Las partes
pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a
la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la
conclusión del período del seguro en curso.
Lo dispuesto
en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible
con la regulación del seguro sobre la vida.”
Probablemente uno de los artículos más importantes para el
cliente y que más quebraderos de cabeza da a muchos.
No solo indica el plazo de aviso de 2 meses para la
cancelación de cualquier póliza salvo vida, sino la importancia de hacerlo por
escrito.
En el mercado español, existe la costumbre, sobre todo en los
ramos de autos y hogar, de devolver el recibo al vencimiento, y sorprenderse
cuando reciben cartas de la compañía reclamando el pago del mismo como estipula
la ley.
Ignorantia legis neminem excusat o lo que es lo mismo, la ignorancia de la ley, no exime de su
cumplimiento. Pero de igual manera y como no todo el mundo debe conocer todas
las leyes, las compañías incluyen ese texto en los condicionados generales de
sus pólizas.
La gente piensa que dependiendo
del importe de la prima, es inviable la reclamación judicial de la misma, pero
actualmente entre las empresas de recobro, y que las compañías de seguros
disponen de sus propios servicios jurídicos es mucho mas fácil iniciar dicha
reclamación, y hay que tener en cuenta, que en caso de perder dicho proceso, se
tendrá que asumir no solo la prima vencida, sino también los costes legales de
ambas partes.
También cabe destacar que los
seguros tienen una duración anual, aunque la compañía permita el
fraccionamiento de prima en semestres, trimestres… con esto quiero aclarar que
el preaviso tiene que ser sobre el vencimiento anual, que será cuando se anule
la póliza.
Si usted tiene la póliza a través de un mediador, sabrá
indicarle estos plazos e incluso tramitará la baja por usted en caso de que la
necesite.

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